Con un conversatorio realizado este martes 3 de marzo, sobre la recientemente promulgada “Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática”, la ONCDOFT promueve un espacio de encuentro, diálogo y participación activa entre sus trabajadores.
La jornada contó con la presencia del GD Santiago Sandoval, jefe nacional de la ONCDOFT; mientras el análisis técnico de la Gaceta Oficial Extraordinaria N°. 6990 (19 febrero 2026), donde se promulgó esta Ley, fue realizado por el equipo de la Consultoría Jurídica del ente rector, conformado por las abogadas Shyrle Cornieles, Gleydis Herrera y el consultor Víctor Hugo Arias Revilla.
“La Amnistía es el perdón de cierto tipo de delitos, que extingue la responsabilidad de sus autores.”, señaló el equipo legal en el conversatorio. Seguidamente, se analizaron uno a uno los dieciséis (16) artículos y la Disposición Final, en la cual se precisa la entrada en vigencia de la referida Ley.
En la actividad, se revisó el objeto de la Ley, a saber “conceder una amnistía general y plena de los delitos o faltas cometidos y acaecidos en el marco de los hechos y el ámbito temporal que se indican en la Ley, a los fines de promover la paz social y la convivencia democrática. (Artículo 1); finalidades; principios; ámbitos temporal y personal; hechos objeto de amnistía y exclusiones (la Ley aclara que no beneficia a personas culpables de delitos graves como homicidio, violaciones de los derechos humanos, de lesa humanidad o corrupción).
Asimismo, en el encuentro, que se llevó a cabo en el Salón de reuniones Libertador Simón Bolívar de la ONCDOFT, se abordaron los temas de la extinción de pleno derecho; procedimiento judicial; recursos; averiguaciones y procedimientos; recursos; eliminación de registros y antecedentes y el seguimiento a la aplicación de esta Ley.
Finalmente, es oportuno destacar que el artículo 16 de la Ley, establece que el otorgamiento de la amnistía contribuye a la consolidación de la paz y la convivencia democrática.



